Transparencia

En general, véase también el PORTAL DE TRANSPARENCIA del Apartado “Ventanilla Única” de esta web colegial.

Memoria anual

Memoria Anual 2014 | Memoria Anual 2015 | Memoria Anual 2016

Memoria Anual 2017 | Memoria Anual 2018    | Memoria Anual 2019

Memoria Anual 2020 | Memoria Anual 2021 | Memoria Anual 2022

Funciones y normativa de aplicación. Estructura organizativa. Sede física. Horarios de atención al público. Teléfonos. E-mail

Personal. Puestos de trabajo

  • Relación: Véase el apartado “Organigrama” de la sección “El Colegio” de esta web.
  • Acuerdos a pactos reguladores de las condiciones de trabajo. Cada trabajador cuenta con su respectivo contrato de trabajo debidamente formalizado.
  • Convenio Colectivo: Oficinas y Despachos de la provincia de Huesca.
  • Provisión de necesidades de personal. Pauta general de actuación: se plantea oferta de empleo ante el INAEM
  • Actualmente no hay órganos de representación del personal.

Contratos

Actualmente no existen contratos públicos en vigor.

Convenios

Actualmente no existen convenios públicos en vigor.

Subvenciones y ayudas públicas concedidas

El Colegio no ha concedido en el ejercicio 2022, ni lo hizo en ejercicios anteriores, subvenciones ni ayudas públicas.

Por otra parte, dada su condición de Colegio de Abogados, esta Corporación percibe cantidades que compensan los gastos de infraestructura precisos para la gestión de los turnos de oficios sujetos a la regulación legal de la asistencia jurídica gratuita. En dicha regulación legal figuran todas las característica propias de dicha gestión y, en consecuencia, de las subvenciones mencionadas, efectuando ahora al efecto expresa remisión a la misma, señaladamente a lo dispuesto en la Ley 1/1996 de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, y al Decreto 110/2014, de 8 de julio, Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en la Comunidad Autónoma de Aragón, en su redacción vigente; así como en la ordenes de desarrollo de dicho decreto. Allí figuran especificados el concedente, objetivo y finalidad para los que se conceden, y los plazos y condiciones para su pago (la subvención siempre se otorga a posterior de justificar el número de expedientes de justicia gratuita gestionados en cada trimestre por el Colegio de Abogados). La compensación de los gastos de funcionamiento e infraestructura para la organización del servicio colegial del turno de oficio con asistencia jurídica gratuita queda fijada conforme a dicha normativa. Tal compensación  indemniza de forma objetiva por todos los gastos de gestión que el Colegio tiene para gestionar la asistencia jurídica  gratuita. El Colegio no obtiene otras ayudas o subvenciones para este objetivo  y su régimen de concesión es legal, de tal forma que la obligación de su concesión viene regulada por la normativa legal y reglamentaria de referencia, siendo de necesaria concurrencia atendiendo a la igualmente obligada prestación por el Colegio de la correspondiente organización de los servicios de asistencia jurídica gratuita encomendados por la misma normativa legal y reglamentaria de desarrollo. La subvención por este concepto correspondiente a 2018, recibida por este Colegio ha sido de 85.122,65 €.

En 2022 se han recibido subvenciones del Consejo de Colegios de Abogados de Aragón, que a su vez las ha recibido del Gobierno de Aragón, dimanantes de la Ley 9/2017 del Gobierno de Aragón, y de los convenios correspondientes  a los servicios de referencia que se va a reseñar.

.-  Prestación del servicio de Asesoría a la Mujer, a fin de que sean abonados los servicios de los Letrados que prestan dicho servicio, también para pago del Coordinador colegial del mismo, y por último para cubrir los Gastos de Funcionamiento e Infraestructura a cargo directo y propio del Colegio correspondientes al meritado servicio. El saldo, como ingreso, de la misma en 2022 ha sido de  73.824,40 €. Dicho importe, recibido efectivamente en 2022 y contabilizado en consecuencia como ingreso en ese ejercicio, se ha recibido como abono del servicio prestado en el año 2021, por encaje estructural no imputable a este Colegio.

.- Prestación del Servicio de asesoría y orientación jurídica a inmigrantes (SAOJI), a fin de que sea abonados los servicios de los Letrados que prestan dicho servicio, y para cubrir los Gastos de Funcionamiento e Infraestructura a cargo directo y propio del Colegio correspondientes al meritado servicio. El saldo, como ingreso, de la misma en 2022 ha sido de 11.677,34 €. Dicho importe, recibido efectivamente en 2022 y contabilizado en consecuencia como ingreso en ese ejercicio, se ha recibido como abono del servicio prestado en el año 2021, por encaje estructural no imputable a este Colegio.

 

Por último, el Colegio ha recibido en 2022 las siguientes subvenciones públicas por formación:

.- una subvención del Gobierno de Aragón por importe de 900 €, por el gasto de este Colegio en formación a Colegiados en materia de servicios letrados de asistencia jurídica gratuita. Figura contabilizada en la subcuenta 740000 €.

.- una subvención de la Diputación Provincial de Huesca referida a la celebración de un ciclo de cine jurídico organizado por esta Corporación colegial en 2022. Figura contabilizada en la subcuenta 740004 y su importe ha sido de 1.158,33 €.

 

Presupuestos

2016 | 2017 | 2018  | 2019 | 2020 | 2021: Prorrogados los presupuestos de 2020 por imposibilidad de celebrar la 2ª Junta general ordinaria en función de la situación jurídica derivada de la COVID-19 | 2022 |  2023 | 2024 |

En cuanto Corporación colegial, que no es Administración Pública sensu stricto, este Colegio acoge un sistema contable propio de las entidades mercantiles, ajeno al sistema de contabilidad presupuestaria y liquidación del presupuesto propias de las administraciones públicas. El presupuesto colegial es exclusivamente orientativo, y su aprobación, así como la de la liquidación del mismo en virtud de  la economía real de cada ejercicio, son examinadas y aprobadas por la Junta General de la Corporación.

Cuentas anuales

2015 | 2016 | 2017 | 2018

2019  |  2020| 2021 | 2022 | 2023 

Atendiendo a la entidad económica de la Corporación, al plan general contable acogido en consecuencia (el de PYMES) y la vigente normativa sobre auditoría de cuentas, este Colegio no está actualmente obligado a que se realice por órgano externo una auditoría de sus cuentas. Por su condición de entidad no inscrita en el Registro Mercantil, este Colegio tampoco lleva a cabo el depósito de sus cuentas anuales en dicho Registro.

Miembros de Gobierno, altos cargos y máximos responsables

IDENTIFICACIÓN.- Véase el apartado “Organigrama” de la sección “El Colegio” de esta web.

DATOS BIOGRÁFICOS Y PROFESIONALES. Todos los miembros de la Junta de Gobierno son Abogados en ejercicio. Respecto de su antigüedad en la profesión, véase el censo colegial, y señaladamente el censo de Colegiados de Huesca de la web www.abogacia.es.

FUNCIONES. Véanse las funciones en los Estatutos del Colegio, Título III, Capítulo 2. Y asimismo en el R.D. 658/2001, de 22 de junio, Estatuto General de la Abogacía Española, artículos 53 y concordantes.

Participación en órganos colegiados, sociedades mercantiles y otras entidades

  • Las actuales Decana y Diputada 2ª de la Junta de Gobierno forman parte del Consejo de Colegios de Abogados de Aragón, la primera por razón de su condición de Decana y la segunda por razón de su designación a esos efectos por la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Huesca.
  • La Decana figura actualmente asimismo por su condición de tal como Consejera del Consejo General de la Abogacía Española.
  • No constan más participaciones de miembros de la Junta de Gobierno en organos colegiados, sociedades mercantiles y otras entidades.

RETRIBUCIONES. Los miembros de la Junta de Gobierno no perciben remuneración por el desempeño de sus cargos.

Los miembros de la Junta de Gobierno perciben suplidos en concepto de kilometraje por aquellos desplazamientos efectuados en su condición de tales fuera de sus respectivas localidades.

En concepto de suplidos por razón de comidas, los miembros de la Junta de Gobierno que no tengan su domiclio en el lugar donde se desarrolle la reunión a la que asisten en su condición de tales  (incluidas las reuniones de las Juntas de Gobierno o Comisiones de la misma)  tiene asignado un importe máximo de 15 €/comida a cargo del Colegio. Dicho importe no se aplica como dieta sino sólo en el caso de que efectivamente se haya producido el gasto y en importe igual al mismo con el límite máximo antes citado. No obstante, por decisión de los actuales miembros de la Junta de Gobierno, éstos costean a su definitivo cargo el importe de tales comidas, sin generar devengo alguno a cargo del Colegio.

El Colegio abona, también como suplidos, a los miembros de la Junta que se desplacen a actos o reuniones en su condición de tales los gastos justificados de parking y similares.

No se perciben indemnizaciones con ocasión del abandono del cargo.

No se abonan retribuciones ni indemnizaciones de las contempladas en el artículo 19.1.d) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

Resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a miembros de la Junta de Gobierno

No existen hasta la fecha.

Información estadística necesaria para valorar el grado de cumplimiento y calidad de los servicios públicos competencia de la corporación

Véase el PORTAL DE TRANSPARENCIA del apartado “Ventanilla Única” de este web colegial.

Hojas de reclamaciones consumidores y usuarios

Véase este enlace

Derecho de acceso a la información pública

Art. 17 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

En relación con dicho artículo, téngase en cuenta el Capítulo III del Título I de dicha Ley 19/2013.

Solicitud de información pública.